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BASES CONCURSO "DOBLES"
3.000,00 EUROS Y LA OPCIÓN A PARTICIPAR EN UNA PROMO/SPOT DE CINESTAR
Primero.- El presente concurso consiste en otorgar, por parte de FACTORIA DE CANALES, S.L. (en adelante, TEUVE), tres mil (3.000) EUROS y la posibilidad de participar como actor en una de las promos/spots (en adelante, la Promo) que realiza el Canal Cinestar cada mes para la promoción de dicho canal.
La grabación de la Promo (en adelante, la Grabación) tendrá lugar durante los seis (6) meses siguientes a la celebración del sorteo y se llevará a cabo en el lugar que TEUVE determine en cada momento. En todo caso, el lugar exacto para llevar a cabo la Grabación, la fecha y/o cualquier otra circunstancia relacionada con la Grabación será decidido y notificado por parte de TEUVE al ganador o finalista que no podrán, bajo ningún concepto, modificar los detalles de la Grabación. En cualquier caso, TEUVE hará sus mejores esfuerzos para cuadrar la fecha y lugar de la Grabación en cuestión con el ganador del concurso.
Concretamente, la participación como actor en la Promo consta de:
- La opción de participar como actor en una de las Promos que realiza el Canal Cinestar. En todo caso, el lugar y la hora definitiva de la Grabación será comunicado al ganador en cuestión con la debida antelación.
- En el caso de que el participante agraciado no resida en Barcelona, la participación en la Grabación incluirá un billete en clase turista en avión, tren o autobús desde el aeropuerto, estación de trenes o estación de autobuses más cercano a la residencia del ganador y hasta el lugar del rodaje. En todo caso, TEUVE decidirá, en cada momento, el medio de transporte.
- Traslado de ida y vuelta en taxi desde el aeropuerto, estación de trenes o estación de autobuses de Barcelona al lugar del encuentro.
- Una (1) estancia individual para el participante agraciado en un hotel de Barcelona (valorándose dicha estancia en 120,00 EUR aprox. P.V.P). En todo caso, la estancia individual de una noche en un hotel no incluye cualquier otro gasto no especificado en estas bases.
El premio no incluye cualquier gasto que pueda surgir del desplazamiento a la Grabación, dietas ni cualquier otro gasto no especificado en estas bases. Asimismo, y, en todo caso, el ganador no podrá modificar los detalles de la Grabación, tales como fechas, etc.
TEUVE quedará eximida de toda obligación o compensación con los participantes si, por causa de fuerza mayor o por imperativo legal, hubiera de ser anulado o suspendido el presente concurso, situación que se pondría en conocimiento de los participantes.
TEUVE, como organizador de esta promoción, se reserva el derecho a modificar, en cualquier momento, las condiciones de la presente promoción, incluso su posible anulación antes de la fecha de terminación del presente concurso, siempre que hubiera una causa justificada y se notifique con la debida antelación las nuevas bases, condiciones o, en su caso, la anulación definitiva del concurso.
El premio será nominativo a favor del ganador y éste deberá contactar con TEUVE para la remisión del mismo.
Segundo.- La promoción se realiza a través del Canal Cinestar (emitido en diversos operadores de cable), y a través de la web del Canal Cinestar, (http://www.cinestarteuve.com); insertándose reclamos publicitarios en las webs de los demás canales de TEUVE.
El inicio de la promoción será el día 1 de octubre de 2009 y finalizará el día 30 de noviembre de 2009.
Tercero.- El concurso se llevará a cabo entre los participantes que inserten sus fotografías relacionadas con el tema "dobles", rellenando el formulario de participación de dicho concurso en la página web del Canal Cinestar (http://www.cinestarteuve.com). En todo caso, los participantes pueden insertar el número de fotografías que desean, sin existir limitación ninguna en el número de fotografías insertadas.
Cualquier persona podrá votar aquellas fotos que más le gusten, y, de entre las más votadas, un jurado formado por personal de TEUVE decidirá cual es la fotografía ganadora y las dos fotografías suplentes.
Serán descartadas automáticamente aquellas fotografías que contengan representaciones difamatorias, inapropiadas, abusivas, obscenas, dañinas, pornográficas, amenazadoras y/o de cualquier otra índole, que pudieran infringir lo establecido en la legislación vigente. En todo caso, el participante garantiza que es autor de la fotografía con la que participa en el concurso.
Cuarto.- Todos los participantes autorizan expresamente a TEUVE a utilizar las fotografías con las que participan en cualquier medio y, en especial, autorizan la cesión no exclusiva y gratuita, para todos los territorios, medios y soportes y para el ámbito temporal más amplio posible según la legislación vigente, de todos los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública y distribución de las mismas.
Asimismo, los participantes deberán estar debidamente legitimados para el envío de las fotografías, manteniendo indemne a TEUVE por cualquier reclamación de tercero al respecto de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial sobre las mismas, o bien sobre cualquier tipo de derechos, en especial los derechos de imagen.
Quinto.- La deliberación y fallo del jurado tendrá lugar durante la primera semana después de la finalización del concurso, concretamente, durante la semana del 30 de noviembre de 2009 al 4 de diciembre de 2009 y tendrá lugar en la sede de TEUVE.
En consecuencia, máximo el día 4 de diciembre de 2009 se conocerá la fotografía ganadora.
Sexto.- La participación será gratuita rellenando un formulario a través de la página web (http://www.cinestarteuve.com); siguiendo las instrucciones que se incluirán en la misma.
Séptimo.- El premio no podrá canjearse por su equivalente en metálico.
Octavo.- Únicamente podrán participar personas físicas residentes en territorio español.
Los menores que participan en el concurso lo hacen con la autorización expresa y por escrito de sus padres o tutores legales. Los menores participantes deberán acreditar dicha autorización en el momento de la participación o máximo en las 48 horas siguientes a dicha participación, mediante el envío de dicha autorización por e-mail a sgarcia@teuve.com, fax (al 93 5029330), o bien por correo a la siguiente dirección: Factoría de Canales, S.L. - A la atención del Departamento de Marketing - C/ Dr. Trueta, nº 127-133, 08005, Barcelona.
Noveno.- Al ganador del concurso se le comunicará en un plazo máximo de 10 días a contar desde la celebración de la deliberación y fallo del jurado, vía e-mail o a través del propio Canal Cinestar. Posteriormente, se publicará el nombre del ganador a través del propio Canal Cinestar y a través de la web del Canal Cinestar (http://www.cinestarteuve.com).
En caso de no poder localizar al ganador en el plazo de 5 días, se otorgará el premio al primer suplente y si no se pudiera otorgar al anterior al segundo suplente, esperando también 5 días en cada caso para su localización.
En el caso de no poder otorgar el premio al ganador ni a ninguno de los dos suplentes, un jurado formado por miembros de TEUVE lo otorgará a su libre elección.
Décimo.- El premio de 3.000,00 EUROS será transferido mediante transferencia bancaria, sin ningún tipo de gastos para éste, al número de cuenta que el participante agraciado haya facilitado a TEUVE, durante los dos meses siguientes a la deliberación y fallo del jurado.
Decimoprimero.- TEUVE o, en su caso, la entidad que abone finalmente el precio del premio, se hará cargo de las cantidades que deban ingresarse o retenerse fiscalmente por imperativo legal como consecuencia de la promoción. Cualquier otro gasto derivado de la aceptación de dicho premio correrá a cargo del ganador.
TEUVE informa a los clientes que participen en la promoción que el premio en cuestión se encuentra sujeto a retención o ingreso a cuenta (según lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), cuyo importe asciende al dieciocho por ciento (18%) del valor de mercado del premio, de conformidad con lo establecido en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A tal efecto, el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado reglamento. El ingreso de dicha retención en la Agencia Tributaria será a cargo de TEUVE o, en su caso, de la entidad que abone finalmente el precio del premio correspondiente.
El ganador del premio tendrá que declarar dicho premio en su declaración de renta correspondiente al ejercicio en el que lo reciba, como rendimiento procedente de premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, consignando la retención practicada y el importe íntegro obtenido, sin descontar la citada retención. A tal efecto, TEUVE o, en su defecto, la entidad que abone el precio del premio emitirá la oportuna certificación.
No obstante lo anterior, no se practicará retención en los supuestos previstos en el apartado 3 del artículo 75 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Decimosegundo.- Los datos facilitados por los participantes podrán ser incluidos en bases de datos susceptibles de tratamiento informatizado titularidad de Factoría de Canales, S.L. con fines de promoción. El tratamiento de dichos datos estará sometido a las normas y limitaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos (L.O.P.D.).
Los datos de los participantes no serán comunicados a terceros, salvo a las empresas del Grupo, y se adoptarán las medidas necesarias para asegurar el tratamiento confidencial de dichos datos y para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado con arreglo a lo establecido en la legislación vigente. Asimismo, los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación mediante comunicación escrita al Departamento de Atención al Cliente de Factoría de Canales, C/ Dr. Trueta, nº 127-133, 08005, Barcelona.
Los participantes responderán, en cualquier caso, de la veracidad de los datos facilitados, reservándose TEUVE el derecho a excluir del concurso a todo participante que haya facilitado datos falsos, sin perjuicio de las demás acciones que procedan en derecho.
Decimotercero.- Los participantes consienten automáticamente, al participar en el presente concurso, a TEUVE a utilizar su nombre e imagen en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos, siempre que éstos se relacionen con el presente sorteo, sin que tengan derecho a recibir por ellos pago o contraprestación alguna.
Decimocuarto.- TEUVE se reserva el derecho a comprobar los datos facilitados para proceder a la designación del ganador y a cada uno de los suplentes y la posterior entrega del correspondiente premio.
Decimoquinto.- Ni los trabajadores de TEUVE ni sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad podrán participar en el concurso.
Decimosexto.- La participación en el concurso, que tiene carácter gratuito, implica la aceptación de estas bases que se encuentran depositadas ante el Notario de Barcelona D. Carlos Masiá Martí.
Decimoséptimo.- Esta promoción se regirá por sus propias bases y en cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación de las mismas, tanto TEUVE como los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Barcelona capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
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